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Urbanismo
Trámites Municipales
[Reclamaciones urbanísticas]Se conceptúan como tales aquellas presentadas por los ciudadanos afectados en sus derechos
urbanísticos. El ámbito de estos derechos comprende todo el conjunto de intervenciones relativas a la
creación, desarrollo, reforma y progreso de las poblaciones según conviene a las necesidades de la
vida humana. El ámbito urbanístico legal a efectos de reclamaciones queda ordenado conforme a la
siguientes clasificación:
-Aspectos que afectan a la seguridad.
-Aspectos que afectan a la salubridad.
-Aspectos que afectan al ornato público.
-Aspectos que afectan al medio ambiente.
-Aspectos que afectan a la accesibilidad.
Dentro de la seguridad, son de consideración entre otros, la solidez estructural, las vías de evacuación,
las medidas de protección contra incendios y las instalaciones eléctricas.
Dentro de la salubridad son de consideración legal, las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo,
las cuestiones de habitabilidad mínima en viviendas, los aspectos de ventilación mínima de los espacios
habitables y las disposiciones sanitarias.
Dentro del ornato público son de consideración, las afecciones a las características estéticas de la
composición arquitectónica de las edificaciones.
Dentro de medio ambiente son de consideración entre otros, las repercusiones sobre el ruido ambiental,
las emisiones de polvo y contaminantes a la atmósfera, el vertido y depuración de aguas residuales, los
residuos sólidos urbanos, la contaminación por radiaciones ionizantes y la adecuación del uso urbanístico
a la calidad del suelo.
Dentro de la accesibilidad son de consideración, los aspectos establecidos por la Ley 20/97 y su
desarrollo mediante el Decreto 68/2000.
Denuncia por escrito con descripción suficiente de las circunstancias que incluya al menos:
- Identificación de la persona que presenta la reclamación.
- Calidad en la que actúa (Propietaria, arrendataria, apoderado,
contratista).
- Descripción de las afecciones.
- En su caso, croquis explicativo y/o fotografías en las que se aprecien
los hechos.
- Fecha y firma de la persona que lo solicite.
El impreso de solicitud en las oficinas municipales.
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Tasa por la concesión de licencias urbanísticas:
- Instalaciones, construcciones y obras de presupuesto inferior
a 3.000 euros ---
- Entre 3.000 y 18.000 euros 30,04 euros
- Entre 18.030 y 60.100 euros 150,15 euros
- Más de 60.100 euros 300,27 euros
Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
- Tipo de gravamen general 5%.
El abono de estas cantidades tAendrá en el acto de otorgamiento, el carácter de a cuenta, quedando el
titular de la licencia obligado a declarar el importe efectivo de la obra cuando la misma finalice.
De lunes a viernes: 9.00 a 13.00 h.
Teléfono de contacto: 943 865033.
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