Zuamiako Udala
Euskara
Volver a la portada email
espacio
espacio
Euskara Txanpan Agenda Biblioteca Municipal Zumaiako Paola Zumaia Lantzen
espacio


CONCEPTO - IMPLANTACIÓN DE ACTIVIDADES Y APERTURA

Se entenderá por tal la situación encaminada a desarrollar en un terreno, edificio o local determinado una actividad concreta, bien con carácter "ex novo", bien sustituyendo a otra anterior, que, en cualquier caso, se deberá ajustar a lo dispuesto tanto en la normativa urbanística vigente como en otras disposiciones legales que resulten aplicables.

Las actividades e instalaciones contenidas en el Anexo II de la Ley 3/98 General de Protección de Medio Ambiente (BOPV, viernes 27 de marzo de 1998, nº 59), deberán sujetarse al régimen de licencia administrativa contemplado en los arts. 55 y siguientes de la referida Ley, con carácter preceptivo y previo a su puesta en funcionamiento.

Las actividades reglamentariamente establecidas por el Decreto 165/99 (BOPV, 26 de marzo de 1999, nº 59), quedarán exentas de la tramitación anterior y se regularán mediante el procedimiento simplificado que al efecto se especifica.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA LICENCIA DE ACTIVIDAD

1.- Solicitud de licencia, dirigida a la Alcaldía y suscrita por el interesado o persona que lo represente, que deberá contener los datos personales del firmante y la identificación del tipo de situación de la operación -obra, actividad o instalación- para la que se solicita licencia. Se acompañará, por triplicado, Proyecto o documentación técnica que incluya los siguientes documentos:

a) Memoria descriptiva que, además del contenido exigido con carácter general, analizará en función de que afecten o no a la actividad de la que se trate, todos o algunos de los siguientes aspectos:

-Características del local o edificios: situación, superficies ocupadas, descripción de accesos, escaleras, distribución proyectada, servicios higiénicos, ventilación, sobrecargas admisibles y demás características constructivas con especial mención del cumplimiento de la normativa referente a la prevención de incendios, seguridad, salubridad e higiene.

-Relación de materias primas y productos intermedios: consumo anual y almacenamiento máximo previsto para cada uno de ellos, con indicación de sus características físicas y químicas y efectos aditivos entre los mismos y de las medidas de seguridad adoptadas.

-Proceso industrial, con descripción de las distintas fases que comprende y las necesarias transformaciones de la materia prima hasta llegar a los productos terminados.

-Producción: cantidad que se prevé producir, almacenamiento máximo previsto y naturaleza de los productos acabados y residuales, con indicación de las medidas de seguridad adoptadas en el almacenamiento y destino de éstos.

-Posibles repercusiones sobre el entorno: ruidos, vibraciones, humos, nieblas, vapores y olores, vertidos de aguas residuales, producción de temperaturas distintas de la ambiental y peligro de incendio, con expresión de su grado de eficacia y garantía de seguridad: posibles efectos aditivos y cumplimiento de las condiciones específicas reguladas por la vigente legislación.

b) Plano de situación, que en este caso se grafiará a escala 1/1.000, que abarque un entorno no inferior al contenido en un círculo de 100 m. de radío-diámetro alrededor del edificio en el que se pretende implantar la actividad.

c) Planos de planta, sección y fachada de local a escala 1/100, con señalamiento de los usos y actividades a que se destinan los locales y espacios colindantes.

d) Planos a escala 1/100 de los locales e instalaciones afectados con señalamiento expreso de los puntos de emplazamiento de las máquinas si las hubiere.

En el caso de que la implantación de la actividad exija la ejecución de obras, los documentos antes citados, así como los de carácter general y específico que deban presentarse en función de las características de las obras a realizar, se integrarán en un único proyecto, y las correspondientes licencias de obras y de actividad serán objeto de resolución simultánea, conforme se estable en el art. 61 de la Ley 3/98.

e) Presupuesto detallado, siempre que la solicitud de licencia implique ejecución de obras, con diferenciación de unidades de obra, medición de las mismas y precios unitarios, agrupados por capítulos, oficios o tecnologías, incluyendo el beneficio industrial correspondiente, los honorarios de los técnicos que, en su caso, intervengan en el proyecto y dirección de las obras y el I.V.A. aplicable.

La licencia de actividad vendrá condicionada al cumplimiento de las medidas correctoras que se indiquen con la concesión de la misma.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA LICENCIA DE APERTURA

Al escrito de solicitud se adjuntarán los siguientes documentos:

a) Copia de la licencia o licencia de obras.

b) Certificado de fin de obra, suscrito por el Directivo de la misma, y visado por el Colegio correspondiente, acreditándose que las mismas se han ejecutado conforme al proyecto y eventuales modificaciones del mismo, objeto de las licencias de obras concedidas, incluyendo las condiciones especiales que se hubieran podido imponer.

c)Certificado de instalador o del Director de Obra para instalación térmica.

d)Certificado de instalador o del Director de Obra para las infraestructuras comunes de telecomunicación.

e)Boletín de Instalación eléctrica, conforme al REBT.

f)Certificado de instalador de las instalaciones de protección contra incendios y contrato de mantenimiento de las mismas, conforme a lo establecido en la NBE-CPI 96 y su Reglamento regulador y en el Reglamento de Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

g)Boletín de Instalación de fontanería y saneamiento, conforme a lo establecido en la Norma Básica del Agua.

h) Planos de la obra efectivamente ejecutada a las escalas y con el nivel de detalle exigidos para el proyecto objeto de la licencia.

i) Liquidación final indicando el coste efectivo de las obras o instalaciones, suscrita por el Director o instalador de las mismas.

j) En caso de acometida a la red pública, informe favorable de las redes de agua y saneamiento, de UR- ZERBITZUAK.

k) En su caso, alta en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

l) Declaración de Alta, en su caso, en el Impuesto de Actividades Económicas.

COMO OBTENER LA DOCUMENTACIÓN

El impreso de solicitud en las oficinas municipales.

Descargar en formato PDF Descargar en formato PDF

Costes

Tasa por la concesión de licencias urbanísticas:
- Instalaciones, construcciones y obras de presupuesto inferior a 3.000 euro ---
- Entre 3.000 y 18.000 euro 30,04 euro
- Entre 18.030 y 60.100 euro 150,15 euro
- Más de 60.100 euro 300,27 euro

Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
- Tipo de gravamen general 5%.

El abono de estas cantidades tendrá en el acto de otorgamiento, el carácter de a cuenta, quedando el titular de la licencia obligado a declarar el importe efectivo de la obra cuando la misma finalice.

Horario de oficina

De lunes a viernes: 9.00 a 13.00 h.

Teléfono de contacto: 943 865033.

Archivo fotográfico Farmacias Algorri Polideportivo Lubaki Udal Talde 21 KZ Gunea Autoan Elkarrekin Varios servicios Gipuzkoako Ur S.A.