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AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL

CONDICIONES DE ACCESO

. Estar empadronado en cualquier municipio de la CAPV como mínimo con seis meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.

. Tener cumplidos 18 años. Quedan exceptuados los menores de 18 años que reuniendo el resto de los requisitos, tengan económicamente a su cargo a menores o personas con minusvalía, así como huérfanos de padre y madre.

. La suma de ingresos de todas las personas de la unidad familiar no debe superar los límites de ingresos establecidos.

TIPO DE AYUDAS

Se dan ayudas económicas para el pago de los siguientes gastos:
. Gastos de alquiler.
. Gastos derivados de interesas y de amortización de créditos de vivienda.
. Gastos de mantenimiento de vivienda.
. Gastos de mobiliario y electrodomésticos.
. Gastos de reparaciones e instalaciones.
. Gastos de necesidades primarias.
. Gastos de endeudamiento de los conceptos anteriormente señalados.

CONDICIONES GENERALES

Para llevar a cabo la tramitación de la solicitud deberá acompañar la siguiente documentación:
. Impreso de solicitud.
. Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad correspondiente.
. Copia del Libro de Familia.
. Declaración jurada sobre el patrimonio del hogar.
. Certificado de ingresos de todos los miembros de la unidad correspondiente.
. Certificado del capital que dispone el solicitante o miembros de su unidad familiar o convivencial.
. Facturas de gastos o presupuestos.
. Justificante de la deuda contraída.
. Copia de la tarjeta de paro de los miembros que se hallen en desempleo.
. Certificado de empadronamiento y convivencia.
. Certificado del INEM de la prestación que se percibe o no tener derecho a percibirla.
. Fotocopia del contrato de alquiler (cuando se solicite ayuda para arrendamiento).
. Entidad y nº de cuenta con 20 dígitos donde abonar la ayuda concedida.
. Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana y rústica de todos los miembros del hogar.
. Copia de la última declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

Departamento Municipal de Servicios Sociales

Teléfono: 943 86 22 00
Fax: 943 86 20 24
E-mail: gizartelangilea@zumaiakoudala.net

Horario de oficina: 9:00 a 13:00 horas (Para ser atendido, hay que solicitar cita previa).

CONSULTAS

Departamento Municipal de Servicios Sociales.

REFERENCIAS NORMATIVAS

. Decreto 199/1999, de 20 de abril, por el que se regulan las Ayudas de Emergencia Social.

. Orden de 14 de febrero de 2001, por la que se establecen los estímulos al empleo.

. Decreto 318/2002, de 30 de diciembre, de modificación del Decreto por el que se regulan las Ayudas de Emergencia Social.

. Orden de 10 de marzo de 2004, por el que se establecen, para el año 2004 las cuantías máximas a conceder, con carácter general para cada uno de los gastos específicos contemplados en las Ayudas de Emergencia Social.

. Orden del 8 de marzo del 2006 a través de la cual se establecen para el año 2006 por una parte,las cuantías máximas a conceder con carácter general para cada uno de los gastos específicos contemplados en las Ayudas de Emergencia Social, por otra,los criterios definidos para el reparto de dichas ayudas y finalmente las cuantías máximas que en el presupuesto se han fijado para el Territorio Histórico de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para cada ayuntamiento y macomunidad.

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