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Ley 5/1996, de 18 de octubre, de Servicios Sociales.

Objeto

Promover y garantizar mediante la ordenación o estructuración de un sistema integrado de Servicios Sociales de responsabilidad pública, el derecho de toda ciudadanía a dichos servicios con el fin de:

    - Prevenir y eliminar las causas de marginación social y de desigualdad.
    - Promover la integración social de las personas y colectivos.
    - Favorecer el pleno y libre desarrollo de las personas y los colectivos, adecuándose para ello al modelo actual de sociedad.

PRINCIPIOS GENERALES

El sistema de servicios sociales se regirá por los siguientes principios:

1. Responsabilidad de los poderes públicos.

El sistema de servicios sociales es responsabilidad de los poderes públicos; responsabilidad que constituye la garantía del derecho de la ciudadanía a dichos servicios.

Los poderes públicos deberán proveer los recursos financieros, técnicos y humanos que permitan la promoción y eficaz funcionamiento de los servicios sociales, priorizando en cualquier caso la cobertura de las necesidades más urgentes.

Para la prestación de los servicios sociales, los poderes públicos contarán con la iniciativa privada, a efectos subsidiarios de la iniciativa pública, en los términos previstos en esta ley. Corresponde a los poderes públicos fomentar la participación de la iniciativa privada sin ánimo de lucro en materia de servicios sociales.

2. Solidaridad.

Los poderes públicos fomentarán la solidaridad como valor inspirador de las relaciones entre las personas y los grupos sociales, en orden a superar las causas que dan lugar a situaciones de marginación, con especial apoyo al desarrollo del voluntariado y de la acción comunitaria.

3. Igualdad y universalidad.

Toda la ciudadanía tendrá derecho a los servicios sociales, sin discriminación por razones de raza, sexo, orientación sexual, estado civil, edad, ideología o creencia, debiendo atenderse a las necesidades sociales de una forma integral. Para la prevención y superación de las discriminaciones existentes en el seno de nuestra sociedad se adoptarán las medidas de acción positiva y políticas de igualdad de oportunidades y de trato.

4. Prevención, integración y normalización.

Los servicios sociales se aplicarán, de forma prioritaria, a la prevención de las causas que produzcan la marginación o limitan el desarrollo de una vida autónoma. Asimismo se orientarán a la integración de la ciudadanía en su entorno personal, familiar y social, procurando su reinserción social. Igualmente, se evitará la marginación asistencial de los destinatarios de los servicios sociales, insertando a éstos en el conjunto de las acciones normalizadas de todos los servicios públicos.

5. Participación de la sociedad.

Los poderes públicos fomentarán la participación democrática de la ciudadanía en los servicios sociales a través de los cauces que se establecen en la presente ley.

6. Planificación.

Los poderes públicos actuarán conforme a los criterios de programación y prioridad de los recursos afectos a sus respectivas competencias. El análisis de las necesidades, así como de la problemática social y de sus causas, determinará las actuaciones y servicios que deban ejecutarse de acuerdo con los recursos disponibles.

7. Coordinación y cooperación.

Las Administraciones públicas actoras en materia de servicios sociales se regirán por el principio de cooperación entre sí y de coordinación de la iniciativa privada concertada, con el fin de atender a las necesidades sociales en función de su demanda. Asimismo, los poderes públicos promoverán la cooperación entre las entidades del sistema de responsabilidad pública y las privadas.

8. Descentralización.

Atendiendo al principio de proximidad, la prestación de los servicios sociales, cuando su naturaleza lo permita, responderá a criterios de máxima descentralización hacia los órganos e instituciones más cercanos a la población.

9. Atención personalizada.

Teniendo como objeto la mejor atención de la población, se procurará prestar los servicios recogidos en esta ley, siempre que sea posible, a través de pequeñas unidades asistenciales.

Organiación

Servicios Sociales de Base

La atención a los vecinos/as de Zumaia se realiza mediante el sistema de cita previa, por lo que las personas que demanden cualquier servicio deben solicitar cita con el/la Trabajadora Social mediante una llamada telefónica al 943-862200, o bien solicitando cita en el propio Servicio Social de Base.

Funciones Básicas
. Informar, valorar y orientar a toda la población en cuanto a los derechos y recursos sociales existentes.
. Prestar servicios o programas de convivencia mediante actuaciones de ayuda en el propio domicilio de la persona interesada.
. Desarrollar programas de intervención orientadas a proporcionar los recursos y medios que facilitan la integración social de personas, familias y grupos, atendiendo prioritariamente la prevención de la marginación.
. Realizar programas de sensibilización sobre las necesidades sociales existentes y de fomento de la participación social en el desarrollo de la vida de la comunidad.
. Gestionar la tramitación de las prestaciones que les correspondan. . Elaborar información con criterios de homogeneización, coordinación y sistematización.
. Servir de base en las labores de planificación y de racionalización de la utilización eficaz de los recursos sociales, mediante la detección de necesidades sociales en su ámbito territorial y de las anomalías que se produzcan en su satisfacción.
. Cualquier otra función análoga que pueda desarrollar, y se les atribuya expresamente.

Decreto 155/2001, de 30 de julio, de determinación de Funciones en materia de Servicios Sociales.

Funciones que se desarrollan

1.- INFORMACIÓN, VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN
a) Servicio de información, consistente en ofrecer a las personas usuarias la información que resulte necesaria para que, en caso de cumplir los requisitos de acceso estipulados en cada caso, puedan acceder a los servicios y prestaciones de la red de protección social, en particular del sistema de servicios sociales. También corresponderá a este servicio informar a las personas usuarias de la evolución de su expediente.
b) Servicio de valoración, consistente en proceder a la valoración de cada caso, mediante una evaluación de necesidades.
c) Servicio de orientación, consistente en, una vez evaluadas las necesidades de la persona usuaria, orientarle hacia el o los servicios o prestaciones que resulten más idóneos, debiendo elaborar al efecto un plan individual de atención, siempre que se estime necesario algún tipo de intervención que requiera seguimiento, y siempre que la persona usuaria preste su consentimiento para ello.

. Información y asesoramiento sobre los derechos y recursos sociales en general.
. Apoyo socio-familiar en los casos que presentan una problemática que sólo precisa una intervención ligera.
. Información y tramitación de Prestaciones Económicas:
- Renta Básica
- Ayudas de Emergencia Social
- Pensiones del Fondo de Bienestar Social. (F.B.S.)
- Subsidio de Movilidad y Compensación por gastos de transporte (SMCGT).
- Asistencia Sanitaria y Farmacéutica (ASF).
- Pensiones No Contributivas (PNC)
- Pensiones de Invalidez
- Pensiones de Jubilación
. Información y tramitación de Ayudas económicas destinadas a favorecer la protección y desarrollo personal e integración social de los menores sobre ayudas para personas o familias en riesgo social
- Ayudas Económicas Excepcionales a nivel municipal.
- Ayudas Económicas para el pago de transporte a Programas de Rehabilitación.
- Ayudas económicas destinadas a favorecer la protección y desarrollo personal e integración social de los menores sobre ayudas para personas o familias en riesgo social.
. Información y tramitación de la Cartilla de Familia Numerosa.
. Información y tramitación del Servicio de Tele-Alarma.
. Información y tramitación del Reconocimiento de Minusvalía.
. Información y tramitación de Ayudas para Minusválidos.
. Información y solicitud de orientación técnica para la eliminación de barreras arquitectónicas. . Tramitación de Tarjetas de Aparcamiento para personas con discapacidad.
. Tramitación de Ayudas Técnicas Municipales:
- Camas Hospitalarias
- Grúa
. Información y tramitación de la Tarjeta Universalizada.
. Plan de Apoyo a las Familias:
- Subvenciones por excedencia o reducción de jornada.
- Subvenciones por nacimiento a adopción de hijos/as
. Información y tramitación de viajes del INSERSO.
. Información y tramitación del Servicio de Ayuda a Domicilio. Reglamento:
- Municipal: Autónomos
- Diputación: Dependientes
. Información y tramitación del SENDIAN.
- Formación Familiar
- Apoyo Psicológico
- Ayudas Técnicas
- Orientación Técnica
- Grupos de Autoapoyo
- Fines de semana
. Información y tramitación sobre el Centro de Día, en breve.
. Información y tramitación sobre Alojamientos Polivalentes, en breve.
. Información y tramitación para plazas de Residencia de Ancianos.
. Información y tramitación sobre Alojamientos Temporales para personas mayores.
. Información y tramitación sobre Alojamientos para Minusválidos.
. Información y derivación a Pisos de Emergencia.

2.- Programa de familia y convivencia

. Ayudas a situaciones de desprotección:
- Asistencia Jurídica
- Asistencia Psicológica
- Programa de Intervención Familiar
. Ayuda a Domicilio-Normativa Municipal/Foral
. Sendian
. Centro de Día, en breve
. Alojamientos Polivalentes, en breve
. Residencia San Juan
. Centro Osamen. Centro de Día de Rehabilitación Psicosocial

3.- PROGRAMA DE PREVENCIÓN E INSERCIÓN . Formación de padres
. Formación para colectivos específicos
. Servicio de Psicomotricidad
. Programa Auzolan
. Convenios de Inserción
. Centro Social

4.-PROGRAMA DE COOPERACIÓN SOCIAL Y VOLUNTARIADO
. Subvenciones a Asociaciones, Instituciones
. Subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo de los países más desfavorecidos
. Colaboración con Asociaciones del Municipio:
- Beheko Plaza-Zumaia
- Nagusilan-Zumaia
- Caritas de Zumaia
- Donantes de Sangre
- A.A. y Al-Anon

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