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[Solicitud de Aplazamiento de Deuda]El Ayuntamiento podrá aplazar o fraccionar el pago de la deuda tributaria, tanto en período voluntario como ejecutivo, previa petición de los obligados. Este aplazamiento o fraccionamiento se regirá por la Ordenanza Municipal de Recaudación publicado en el BOG nº 244 de 27 de diciembre de 2000; el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa, DF27/1991; y la N.F. 1/1985 - Norma Foral General Tributaria.
La solicitud de aplazamiento o fraccionamiento la formulará el obligado al pago, en el Registro General del Ayuntamiento o en la Recaudación Municipal, y contendrá necesariamente los siguientes datos y documentos:
- Nombre y apellidos, razón social o denominación, nº de identificación y
domicilio fiscal del solicitante.
- Deuda cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita, indicando su
concepto e importe. Si existen deudas pendientes en periodo ejecutivo,
se deberá solicitar la acumulación de todas ellas.
- Plazos del aplazamiento o fraccionamiento que se solicita.
- Causas que motivan la solicitud, salvo las personas físicas con orden de
domiciliación general, en solicitudes que no excedan de 6.010 euros y el
plazo no sea superior a 1 año.
- Compromiso de formalizar la garantía, salvo que el obligado al pago sea
titular de una concesión administrativa municipal, o persona física con
orden de domiciliación general. Tampoco se exigirá garantía cuando se
soliciten fraccionamientos de deudas de importe inferior a 1.502 euros.
- Lugar, fecha y firma del solicitante.
El impreso de solicitud se podrá obtener en el Registro de Entrada del Ayuntamiento.
Diez días para las deudas inferiores a 6.010 € y cuyo plazo sea inferior a
1 año.
Un mes para el resto.
De lunes a viernes: 8:00 a 14:00 horas
Teléfono de las oficinas generales: 943 86 50 25
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